
IMPORTANTE: Hay que tener en cuenta que este Decreto y las cuestiones que explicamos a continuación podrían caducar si, en el plazo de 30 días, el Decreto no queda aprobado por el Parlamento de Cataluña. Desde la Cámara de la Propiedad Urbana de Gerona, estaremos pendientes y te informaremos de cualquier novedad que surja al respecto.
Con el nuevo Decreto Ley, se discrimina los arrendamientos de vivienda de temporada destinados a fines profesionales, laborales, de estudios, de atención o asistencia médica u otras análogas de aquellos otros destinados a los alquileres vacacionales.
En cuanto a los primeros, se asimilan a las viviendas habituales y por tanto les son aplicables la misma regulación especialmente en cuanto a la determinación de la renta y sus actualizaciones, la fianza y los gastos repercutibles.
En cuanto a los arrendamientos de temporada destinados a ocio o vacaciones quedan excluidos de estas limitaciones y se les aplicará la regulación para usos diferentes al de vivienda.
Hay que tener en cuenta que, en los alquileres de viviendas por habitaciones, la suma de las rentas pactadas en diversos contratos de arrendamiento de vigencia simultánea de una vivienda ubicada en una zona de mercado residencial tensionado no podrá sobrepasar la renta máxima aplicable al arrendamiento unitario de la vivienda.
Sin perjuicio de las informaciones obligatorias ya previstas por la publicidad en la ley de la vivienda, el Decreto concreta que el anuncio de alquiler debe incluir el precio determinado por los índices de precios de referencia correspondientes al régimen de contención de precios de alquiler siempre que la vivienda se encuentre ubicada en una zona de mercado residencial tensionado. Si el anuncio se ha redactado antes de la entrada en vigor de este Decreto, tiene un plazo de 5 días para adaptarse a la nueva normativa.
Además de los requisitos y obligaciones ya previstos por la normativa vigente, este Decreto especifica que obligatoriamente se deben incorporar a los contratos de alquiler:
Además, los arrendatarios tienen derecho a recibir, el documento acreditativo del sistema de índices de referencia que corresponda aplicar al régimen de contención de precios del alquiler, el certificado de habitabilidad y el certificado de eficiencia energética.
Está sujeta al derecho de tanteo y retracto de la Administración de la Generalitat la transmisión de cualquier vivienda situada en una zona de mercado residencial tensionado que sea propiedad de un Gran Tenedor persona jurídica que esté inscrito en el Registro de Grandes Tenedores, o de acuerdo con la definición de Gran Tenedor de la Ley estatal 12/2023.
El 24 de diciembre de 2025 se publicó un Real Decreto-ley por el que se prorrogaba la suspensión de desahucios y lanzamientos judiciales por impago del alquiler de personas vulnerables sin alternativa habitacional, entre otras medidas. Este decreto, que agrupaba medidas de diferentes ámbitos, debía ser convalidado o derogado por el Congreso de los Diputados. […]
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Bonificaciones del 100 %, 90 %, 70 %, 60 % y 50 %. El tema vuelve a estar de actualidad a raíz del anuncio del presidente del Gobierno español sobre la posibilidad de ofrecer bonificaciones del 100 % a aquellos propietarios arrendadores que no incrementen el precio del alquiler en la renovación de los contratos. […]
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La exposición podrá visitarse en la sede de la Cambra, en la calle Ciutadans, 12, de Girona, hasta el 30 de enero. Estará abierta al público de lunes a viernes, de 16 a 19 h. Meritxell Jimenez presenta “Vint-i-set colors i un vers perdut”, una muestra organizada por los Amics del Museu d’Art de Girona […]
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Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, por mejora en el consumo de energía primaria no renovable y por obras de rehabilitación energética. Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas. Se podrá deducir el 20% de las obras de mejora de la eficiencia energética de las […]
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