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El Govern propone limitar el precio del alquiler en 16 municipios de las comarcas de Girona

El Gobierno propone limitar el precio del alquiler en 16 municipios de las comarcas de Girona

El Govern propondrá al Gobierno central aplicar a 16 municipios de Girona las medidas para limitar los precios del alquiler que prevé la Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda, en las cuales se establece que el alquiler de los nuevos contratos no podrá superar el precio del último contrato vigente en los últimos cinco años. El Diario Oficial de la Generalitat (DOGC) publicó la semana pasada el anuncio del Departamento de Territorio de la Generalitat de Información donde se incluye la lista de los municipios que están dentro de zonas de mercado residencial tensionado. En Cataluña hay un total de 140 municipios, donde viven 6,2 millones de personas, en los cuales se ha valorado que hay una oferta insuficiente de vivienda asequible y que, por tanto, cumplen los requisitos que marca la ley.

De los 140 municipios, dieciséis forman parte de la provincia de Girona: Banyoles, La Bisbal d’Empordà, Blanes, Figueres, Girona, Lloret de Mar, Olot, Palafrugell, Palamós, Porqueres, Puigcerdà, Ripoll, Salt, Sant Feliu de Guíxols, Santa Coloma de Farners y Sarrià de Ter.

Municipios de Girona donde se ha propuesto limitar el precio del alquiler

¿Qué implica esta limitación del precio del alquiler?

El Gobierno propone aplicar las medidas de contención de las rentas que recoge la ley estatal, que tiene muchos puntos en común con la ley que Cataluña impulsó en el año 2020 en materia de contención de alquileres, pero que no llegó a llevarse a cabo porque el Tribunal Constitucional lo rechazó.

En concreto, se establece que el alquiler de los nuevos contratos no podrá superar el precio del último contrato vigente en los últimos cinco años después de la actualización anual. Además, cuando se trate de un gran tenedor, el alquiler no podrá ser superior al índice de referencia del precio del alquiler.

Cataluña ya tiene un índice propio que se utilizó para implementar la regulación que ya preveía la ley catalana y, por tanto, Territorio ha solicitado al Ministerio homologar este índice catalán.

Definición de gran tenidor

Asimismo, para agilizar la declaración de las áreas tensas y comenzar a aplicar las medidas lo antes posible, el documento que actualmente se tramita incluye la definición de carácter general de gran tenidor como la persona física o jurídica propietaria de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o de una superficie construida de más de 1.500m2 de uso residencial, excluyendo garajes y trasteros. Sin embargo, la normativa da la posibilidad de acotarlo hasta titulares de cinco o más viviendas, pero en el trámite abierto de información pública no se aplica esta reducción. Por esta razón, de momento, se considera gran tenidor al titular de más de diez viviendas.

Características de los municipios tensionados

Para realizar la declaración y garantizar la coherencia de las zonas tensionadas con la planificación territorial de las políticas de vivienda en Cataluña, se han identificado inicialmente 163 municipios potenciales que son considerados áreas de demanda residencial fuerte y acreditada según el Plan territorial sectorial de vivienda, que actualmente se encuentra en la fase final de su tramitación. De estos 163 municipios, el Departamento de Territorio considera que 140 cumplen con los requisitos establecidos por la Ley estatal para ser declarados áreas tensas.

Una de las características que tienen estos municipios declarados tensionados en cuanto al acceso a la vivienda es que el costo del alquiler o de la hipoteca sumado al costo de los suministros básicos supera el 30% de los ingresos medios o de la renta media de los hogares. Esto ocurre o bien en zonas donde el precio del alquiler o la compra de vivienda ha experimentado, en los cinco años anteriores a la declaración como área de mercado de vivienda tensionada, un crecimiento acumulado de al menos tres puntos porcentuales superior al crecimiento acumulado del índice de precios de consumo de la comunidad autónoma correspondiente.

Apertura de un período de información pública

El anuncio publicado ayer en el DOGC abre un período de información pública de veinte días para que las administraciones, entidades y particulares puedan presentar alegaciones. Una vez finalizado, se responderán las alegaciones recibidas y la resolución final se notificará al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que será quien finalmente las podría aprobar.

La Cámara estudiará este acuerdo de inicio del procedimiento para declarar las zonas de mercado tensionado y el contenido de la memoria justificativa que lo acompaña, y os mantendremos informados sobre las actuaciones que se decida emprender.

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