CAT / ESP

Análisis del Decreto Ley 37/2020, que prevé la suspensión de los lanzamientos instados por propietarios “grandes tenedores” contra hogares vulnerables

El pasado día 4 de noviembre de 2020, salió publicado en el DOGC el Decreto Ley 37/2020, de refuerzo de la protección del derecho a la vivienda ante los efectos de la pandemia del Covid-19.

En realidad lo que hace esta norma es modificar la Ley 24/2015 y el Decreto Ley 17/2019 con el fin, según dice la propia norma, de ampliar las medidas de protección de los colectivos más vulnerables o en riesgo de exclusión residencial que residan en inmuebles titularidad de propietarios grandes tenedores.

A quién afecta la nueva regulación?

La referida normativa no afecta a los pequeños tenedores, y sólo resultará de aplicación a:

Medidas previstas y colectivos favorecidos

Como ya informamos en newsletters anteriores la Ley 24/15 y el Decreto 17/2019 impusieron a los grandes tenedores de viviendas donde residan personas pertenecientes a determinados col·lectivos vulnerables, la obligación de ofrecer una propuesta de alquiler social antes de interponerse determinadas demandadas judiciales.

En relación a este último punto, y ante las dudas jurídicas planteadas en su día por aquella normativa, finalmente las Audiencias Provinciales de Girona y Barcelona dictaron unos acuerdos de unificación de criterios en virtud de los cuales se consideró que aquella normativa (ley 24/15 y 17/19) lo que establecían eran requisitos administrativos pero no requisitos de procedibilidad. Dicho en otras palabras, entendían que, como no modificaban la normativa procesal, el hecho de que el propietario gran tenedor no hubiera hecho una previa oferta de alquiler social no impedía que se admitiera a trámite la demanda de desahucio; sin perjuicio de las sanciones de carácter administrativo que pudiera imponer la administración por aquel incumplimiento.

Con la nueva normativa la Generalitat vuelve a insistir, a raíz de la pandemia del Covid-19, en la anterior, reiterando la necesidad de acreditar que se ha formulado una propuesta de alquiler social antes de interponer demandas de desahucio y previendo la interrupción de los procedimientos ya iniciados en los que no se haya acreditado.

Además, la nueva normativa amplía los supuestos y / o los colectivos favorecidos por la medida.

Así los colectivos favorecidos serán:

En todo caso, se deja a criterio de los Servicios Sociales la determinación de la existencia de riesgo de exclusión social.

En cuanto a la ampliación de supuestos, se prevé una suspensión excepcional y transitoria por motivos sanitarios (Covid-19) de los procedimientos de desahucio y lanzamientos instados por grandes tenedores (o personas jurídica que hayan adquirido con posterioridad al 30 de abril de 2008 viviendas que sean, en primera o en ulteriores transmisiones, provenientes de acuerdos de compensación de deudas o de dación en pago o provenientes de compraventas que tengan como causa la imposibilidad de devolver el préstamo hipotecario) durante la vigencia del estado de alarma o de una medida que comporte restricciones a la libertad de circulación por razones sanitarias.

Con todo, de nuevo surgen respecto a la nueva normativa las mismas dudas jurídicos que en relación a la anterior normativa sobre la interpretación que harán los tribunales, en la medida en que no se modifica la normativa procesal que regula los requisitos de admisibilidad de las demandas y desde suspensión de los procedimientos o de las ejecuciones.

Habrá pues estar atentos a la aplicación que hacen los juzgados y tribunales, sin olvidar nunca pero que, al margen de la aplicación que finalmente acaben haciendo aquellos, los propietarios gran tenedores que incumplan la obligación de ofrecer previamente un alquiler social en los casos que marca la normativa se enfrentan a la posible imposición de sanciones económicas por parte de la administración.

ACTUALIDAD

16/06/25

La Cambra facilita la gestión de los arrendamientos con un servicio gratuito de búsqueda de inquilinos

Conscientes de que los costes y el proceso de arrendamiento se han complicado como consecuencia de las nuevas obligaciones derivadas de las regulaciones de contención de rentas, desde la Cambra de la Propietat de Girona queremos facilitar al máximo la gestión de los alquileres. Por este motivo, todos aquellos propietarios que se incorporen al servicio […]

...

11/06/25

Hacienda limita la deducción del IRPF por alquilar viviendas en zonas tensionadas

Se ha limitado la reducción del 90% en el IRPF para los propietarios que alquilen viviendas situadas en zonas tensionadas. Esta rebaja fiscal solo se aplica si el nuevo contrato de alquiler establece un precio al menos un 5% inferior al del contrato anterior. Esto significa que, cada vez que se cambie de inquilino, incluso […]

...

10/06/25

La Cambra de la Propietat Urbana de Girona, reconocida como “Amic Honorari” por la Asociación “Amics del Museu d’Art de Girona”

El pasado sábado 7 de junio, la Cámara de la Propiedad Urbana de Girona recibió la distinción de “Amic Honorari” por parte de la Asociación “Amics del Museu d’Art de Girona”. L’acte de lliurament va tenir lloc en presència de l’alcalde de Girona, el Sr. Lluc Salellas Vilar; la directora del Museu d’Art de Girona, […]

...

05/06/25

Convocatoria para obtener subvenciones para obras de adecuación en el interior de viviendas destinadas a personas mayores

El pasado 2 de junio de 2025 se publicó en el DOGC una Resolución de la Agencia de la Vivienda de Catalunya (AHC) con una nueva convocatoria para solicitar subvenciones destinadas a la realización de obras de adecuación en el interior de viviendas en las que resida al menos una persona de 65 años o […]

...

 

 

Toda la actualidad

SERVICIOS

Ofrecemos un amplio abanico de servicios a los propietarios
Comunitats

Comunidades

Administración de comunidades de propietarios Pide CITA online
Comunitats

Alquileres

Administración de fincas, contratos de alquileres
Comunitats

Abogados

Especialistas en servicios inmobiliarios Pide CITA online Consulta gratuita
Comunitats

Ventas

Agencia inmobiliaria Pide CITA online
Comunitats

Contratos de alquiler

Formalización y redacción del contrato de alquiler personalizado Pide CITA online

Confíanos la venta de tu vivienda.

¡Somos tu garantía!

Tráenos tu vivienda* y te regalamos la Cédula de Habitabilidad y el Certificado Energético

* Por vivienda en exclusiva, a precio de mercado fijado por nuestros profesionales

Otras Cámaras de Cataluña

Formamos parte de

Girona Centre
Carrer Ciutadans, 12
Tel. 972 20 06 16
Girona Eixample
Carrer Emili Grahit, 37
Tel. 972 416 413
Figueres
Carrer Nou, 105
Tel. 972 500 821
Olot
Carrer Mulleras, 16
Tel. 972 268 350
Sant Feliu de Guíxols
Passeig dels Guíxols, 27
Tel. 972 321 284
Palamós
Av. Onze de Setembre, 12
Tel. 872 591 959


Tel.