
Esta obligación se aplica únicamente a los alquileres de carácter temporal ofrecidos a través de plataformas como Airbnb o Booking, que dispongan del “Número de Registro Único de Alquiler” asignado por el Registro de la Propiedad competente, conforme a la normativa vigente. Cabe destacar que, sin este registro previo, no será posible publicar anuncios en las plataformas digitales, que constituyen el medio habitual para ofrecer este tipo de alquileres.
Se deberá presentar un modelo informativo anual ante el Registro de la Propiedad, que debe incluir: el inmueble y su dirección, la finalidad del arrendamiento (por ejemplo, alquiler turístico, estudios, motivos médicos, etc.), las fechas concretas del alquiler y el número de ocupantes que tendrá la vivienda durante dichas fechas.
La finalidad del alquiler debe ser real y justificable, ya que puede ser objeto de verificación por parte de la administración.
El modelo informativo es oficial, aprobado por el Ministerio de Vivienda, y puede descargarse y completarse a través de la Sede Electrónica del Colegio de Registradores de la Propiedad. Su presentación puede realizarse de forma teletramitada o presencial en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Para presentar el modelo en línea, es necesario identificarse en la sede electrónica y buscar la opción relacionada con el Número de Registro de Alquiler y el modelo informativo:
https://sede.registradores.org/sede/sede-corpme-web/login
En cuanto al plazo, el modelo debe presentarse cada mes de febrero, con los datos correspondientes al año anterior. Por ejemplo, la información relativa al año 2025 deberá presentarse en febrero de 2026.
Si no se presenta el modelo o se hace un uso incorrecto del número de registro, se puede revocar el número de registro, impidiendo continuar ejerciendo legalmente este tipo de alquiler.
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