CAT / ESP

Los contratos de corta duración, bajo control estricto

contractes de curta durada

Desde este 2 de enero ya está en vigor la nueva regulación de los contratos de corta duración. Sin embargo, su aplicación se demorará hasta el 1 de julio para dar un plazo que permita generar las herramientas tecnológicas necesarias para su implementación.

La regulación afecta a todos los contratos de corta duración, ya sea para uso turístico o no, de viviendas completas, partes de ellas o habitaciones. Por lo tanto, afecta de lleno a todas las modalidades de temporada, incluyendo aquellos contratos de temporada habitualmente utilizados por estudiantes, desplazados laborales o por cualquier otra circunstancia, que los diferencia de los contratos de residencia habitual. En cualquier caso, estas viviendas deben contar con el mobiliario y equipamiento necesario para el uso al que están destinadas.

¿En qué consiste esta regulación?

Todos estos alquileres estarán obligados a obtener un número de registro único que facilitará el Registro de la Propiedad. Además, sin este registro previo no se podrá publicar ningún anuncio en las plataformas digitales, que son el medio habitual para ofrecer estos alquileres.

Para obtener el número de registro, será necesario identificar el inmueble con la dirección, el número de identificación registral y el número de referencia catastral, especificar si se alquila de forma parcial, total o por habitaciones, si es parte de la residencia principal o secundaria del arrendador, el número máximo de personas arrendatarias, si el arrendamiento está sujeto a licencia o si se alquila con finalidad turística o no. También se requerirán varios datos identificativos del arrendador solicitante.

Si se mantienen los requisitos mencionados, el número de registro se prorrogará anualmente, siempre que el arrendador cumpla con la obligación de presentar cada 12 meses el listado de los arrendamientos constituidos y la finalidad turística o no de los mismos.

Ventanilla única digital de arrendamientos

Por otra parte, se ha creado la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, que depende del Ministerio de Vivienda. Esta herramienta servirá para gestionar la transmisión electrónica de datos entre las plataformas que ofrecen alquileres de corta duración online y la Administración. Estas plataformas digitales estarán obligadas a facilitar, a través de esta vía y a la Administración, toda la actividad que hayan tenido todas y cada una de las unidades inmobiliarias, identificadas según su número de Registro, con la dirección específica e identificación de la URL de los anuncios publicados.

Esta ventanilla única también permitirá las comprobaciones oportunas que deben realizar tanto las plataformas como las diferentes administraciones para verificar que los arrendadores y sus inmuebles cumplen con las obligaciones y requisitos establecidos por esta normativa en la gestión de los arrendamientos de corta duración.

Objetivos de la nueva regulación

La regulación descrita tiene como objetivo dar cumplimiento al Reglamento 2024/1028 del Parlamento Europeo y así mejorar la transparencia y la seguridad jurídica de los servicios de arrendamiento de corta duración, reforzar que los arrendamientos de temporada se ajusten a los supuestos previstos en la Ley de Arrendamientos Urbanos y garantizar que las viviendas de uso turístico se adecuen a las regulaciones que les son propias.

 

ACTUALIDAD

15/10/26

Consulta los valores de septiembre de 2026 del IPC y el IRAV, valores necesarios a la hora de actualizar la renta de los contratos de alquiler

Índice de precios de consumo (IPC) e Índice de referencia de arrendamiento de vivienda (IRAV) del mes de septiembre de 2026. Se debe tener en cuenta que: Si el contrato de alquiler se firmó antes del 26 de mayo de 2023, se debe aplicar el sistema de actualización que conste en el contrato (en muchos casos, […]

...

07/10/26

El Gobierno vuelve a aprobar los decretos de vivienda

El Consejo de Ministros recuperó ayer buena parte de las medidas rechazadas por el Congreso tan solo cuatro días después de su derogación. El Gobierno aprobó ayer, día 6 de octubre, dos nuevos reales decretos-ley en materia de vivienda. Estos recuperan buena parte de las medidas de los RDL 26/2026 y 27/2026, rechazados por el […]

...

06/10/26

Entra en vigor la nueva ley del amianto en Catalunya: certificado obligatorio para vender o alquilar

Desde el 3 de octubre de 2026, si quieres vender o alquilar una vivienda en Catalunya, debes entregar un certificado de presencia o ausencia de amianto. No hacerlo puede comportar multas de entre 100 y 3.000 euros. La Ley 8/2026, de 2 de julio, de erradicación del amianto, es la primera norma catalana que regula […]

...

05/10/26

Derogados los dos decretos en materia de vivienda

Las nuevas medidas sobre arrendamientos, desahucios y estabilidad de los contratos no superaron la votación parlamentaria del viernes. El Congreso de los Diputados acordó, por tanto, la derogación de los dos reales decretos-ley, que se publicó oficialmente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).   BOE-A-2026-20526: Derogación del Real Decreto-ley 26/2026 BOE-A-2026-20527: Derogación del Real […]

...

 

 

Toda la actualidad

SERVICIOS

Ofrecemos un amplio abanico de servicios a los propietarios
Comunitats

Comunidades

Administración de comunidades de propietarios Pide CITA online
Comunitats

Alquileres

Administración de fincas, contratos de alquileres
Comunitats

Abogados

Especialistas en servicios inmobiliarios Pide CITA online Consulta gratuita
Comunitats

Ventas

Agencia inmobiliaria Pide CITA online
Comunitats

Contratos de alquiler

Formalización y redacción del contrato de alquiler personalizado Pide CITA online

Confíanos la venta de tu vivienda.

¡Somos tu garantía!

Tráenos tu vivienda* y te regalamos la Cédula de Habitabilidad y el Certificado Energético

* Por vivienda en exclusiva, a precio de mercado fijado por nuestros profesionales

Otras Cámaras de Cataluña

Formamos parte de

Girona Centre
Carrer Ciutadans, 12
Tel. 972 20 06 16
Girona Eixample
Carrer Emili Grahit, 37
Tel. 972 416 413
Figueres
Carrer Nou, 105
Tel. 972 500 821
Olot
Carrer Mulleras, 16
Tel. 972 268 350
Sant Feliu de Guíxols
Passeig dels Guíxols, 27
Tel. 972 321 284
Palamós
Av. Onze de Setembre, 12
Tel. 872 591 959