
El TC ha considerado que esta norma invade las competencias del Estado y vulnera algunos derechos fundamentales.
No obstante, esta sentencia no tiene carácter retroactivo, es decir, aquellos propietarios que ya hayan firmado contratos de alquiler social y aquellos que ya hayan sido multados por no cumplir la ley catalana sobre la vivienda seguirán sujetos a sus obligaciones.
Aun así, la situación jurídica de cada caso es diferente. Por lo tanto, recomendamos que te pongas en contacto con la Asesoría Jurídica de la Cambra de la Propietat Urbana de Girona, que te podrá guiar en tu caso concreto.
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¿Eres joven propietario? ¿Te gustaría serlo? ¿O no es algo que te importe mucho? En todo caso, queremos escucharte. La Unión Internacional de Propietarios (UIPI) lanza una nueva encuesta para entender mejor cómo perciben hoy los jóvenes europeos la propiedad. La vivienda se ha convertido en una prioridad clave en la agenda de la UE, […]
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El 12 de junio se publicó la Resolución TER/1849/2026, de 10 de junio, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para personas jóvenes. Y el 22 de junio de 2026, se publicó en el DOGC […]
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