CAT / ESP

Ampliada hasta final de 2021 la suspensión de la obligación de convocar las juntas de comunidades de propietarios

Se ha publicado y ha entrado en vigor el Decreto Ley 53/2020, de 22 de diciembre, que modifica el Decreto Ley 10/2020, de 27 de marzo, por el que se establecen nuevas medidas extraordinarias para hacer frente al impacto sanitario, económico y social de la Covid-19. La única modificación operada se refiere al plazo de cumplimiento de la obligación de convocar y celebrar juntas de propietarios en las comunidades sujetas a régimen de propiedad horizontal, que queda suspendida hasta el 31 de diciembre 2021 (hasta ahora, quedaba en suspenso hasta el 30 de abril de 2021).

Así, hasta esa fecha, los órganos de las personas jurídicas de derecho privado sujetos a las disposiciones del derecho civil catalán podrán reunirse y adoptar acuerdos por medio de videoconferencia o de otros medios de comunicación, de acuerdo con lo dispuesto en artículo 312-5.2 del Código civil de Cataluña, aunque los estatutos no lo establezcan.

Si no es posible utilizar estos medios, y hasta la misma fecha, también pueden adoptar acuerdos sin reunión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 312-7 del Código civil de Cataluña, aunque los estatutos no lo establezcan, siempre que lo decida la persona que los preside o que lo soliciten al menos dos miembros o, si se trata de la asamblea general de una asociación, un veinte por ciento de las personas asociadas.

El cómputo de los plazos regulados legalmente para elaborar, aprobar y presentar cuentas anuales y otros documentos exigibles de las personas jurídicas de derecho privado sujetos a las disposiciones del derecho civil catalán, suspendidos a partir de la fecha de declaración del estado de alarma establecida por Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, se reanudará una vez transcurridos tres meses a partir de la fecha de finalización de este estado de alarma.

La obligación de convocar y celebrar las juntas de propietarios en las comunidades sujetas a régimen de propiedad horizontal queda suspendida hasta el 31 de diciembre 2021, sin perjuicio de la posibilidad de cada comunidad de convocar y celebrar la junta de propietarios dentro de este plazo , de acuerdo con sus circunstancias y las medidas de seguridad que en cada momento sean aplicables, a iniciativa de la Presidencia o si lo pide al menos un veinte por ciento de las personas propietarias con derecho a voto, que representen el mismo porcentaje de cuotas . La celebración de la junta también se puede llevar a cabo a través de los medios establecidos en el artículo 312-5.2 del Código civil de Cataluña.

El último presupuesto anual aprobado se entiende prorrogado hasta la celebración de la junta ordinaria, en la que también se procederá a la aprobación de las cuentas anteriores ya la renovación de los cargos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 553-15 del Código civil de Cataluña.

Mientras no se convoque y celebre la junta ordinaria, se pueden tomar acuerdos sin reunión a instancia de la persona que la preside, si se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 312-7 del Código civil de Cataluña.

Enlace al Decreto Ley 53/2020, de 22 de diciembre, de modificación del Decreto ley 10/2020, de 27 de marzo, por el que se establecen nuevas medidas extraordinarias para hacer frente al impacto sanitario, económico y social de la Covid -19.

ACTUALIDAD

22/01/26

“Vint-i-set colors i un vers perdut”, de Meritxell Jimenez

La exposición podrá visitarse en la sede de la Cambra, en la calle Ciutadans, 12, de Girona, hasta el 30 de enero. Estará abierta al público de lunes a viernes, de 16 a 19 h. Meritxell Jimenez presenta “Vint-i-set colors i un vers perdut”, una muestra organizada por los Amics del Museu d’Art de Girona […]

...

16/01/26

Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética y rehabilitación de viviendas

Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, por mejora en el consumo de energía primaria no renovable y por obras de rehabilitación energética. Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas. Se podrá deducir el 20% de las obras de mejora de la eficiencia energética de las […]

...

13/01/26

Nueva prórroga en la suspensión de desahucios

El 24 de diciembre de 2025 se publicó en el Boletín Oficial del Estado Real Decreto Ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y se adoptan medidas en materia tributaria y de Seguridad Social. Y se prorrogan hasta el 31 de […]

...

07/01/26

Precios regulados para los alquileres de temporada y el alquiler de habitaciones

El 1 de enero entró en vigor la nueva regulación de los alquileres de temporada y de habitaciones. La principal consecuencia de esta normativa es que la regulación de precios de las zonas declaradas de vivienda residencial tensionada se aplica también a los contratos temporales y que, como hemos indicado en comunicaciones anteriores, afecta a […]

...

 

 

Toda la actualidad

SERVICIOS

Ofrecemos un amplio abanico de servicios a los propietarios
Comunitats

Comunidades

Administración de comunidades de propietarios Pide CITA online
Comunitats

Alquileres

Administración de fincas, contratos de alquileres
Comunitats

Abogados

Especialistas en servicios inmobiliarios Pide CITA online Consulta gratuita
Comunitats

Ventas

Agencia inmobiliaria Pide CITA online
Comunitats

Contratos de alquiler

Formalización y redacción del contrato de alquiler personalizado Pide CITA online

Confíanos la venta de tu vivienda.

¡Somos tu garantía!

Tráenos tu vivienda* y te regalamos la Cédula de Habitabilidad y el Certificado Energético

* Por vivienda en exclusiva, a precio de mercado fijado por nuestros profesionales

Otras Cámaras de Cataluña

Formamos parte de

Girona Centre
Carrer Ciutadans, 12
Tel. 972 20 06 16
Girona Eixample
Carrer Emili Grahit, 37
Tel. 972 416 413
Figueres
Carrer Nou, 105
Tel. 972 500 821
Olot
Carrer Mulleras, 16
Tel. 972 268 350
Sant Feliu de Guíxols
Passeig dels Guíxols, 27
Tel. 972 321 284
Palamós
Av. Onze de Setembre, 12
Tel. 872 591 959


Tel.