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Abierta la convocatoria para solicitar las subvenciones Bo Lloguer Joves

Bo Lloguer Joves

Las solicitudes pueden presentarse hasta el 23 de mayo de 2025 a las 14 h y se resolverán por orden de entrada en el Registro, hasta agotar la dotación presupuestaria.

Si tienes menos de 35 años, puedes solicitar las subvenciones del Bo Lloguer Jove y recibir hasta 250 € mensuales, destinados a facilitar el acceso a una vivienda o habitación en régimen de alquiler. Esta ayuda se concederá durante un período de dos años.

 ¿Qué requisitos debes cumplir para poder solicitar estas ayudas?

¿Dónde se puede presentar la solicitud?

La solicitud debe presentarse en un impreso normalizado, debidamente cumplimentado y firmado por la persona solicitante. Debe dirigirse a la Agència de l’Habitatge de Catalunya y puede presentarse de las siguientes maneras:

¿Qué documentación hay que presentar?

Los modelos normalizados de solicitud pueden obtenerse en:

¿Cuáles son los importes máximos del alquiler mensual para poder solicitar la ayuda?

El importe máximo de alquiler o renta mensual de la vivienda o del precio de cesión de uso no puede superar los siguientes importes:

Si es una vivienda completa:

Si es una habitación:

Es necesario acreditar los ingresos correspondientes al ejercicio 2023, 2024 o 2025, según el caso. Para el cálculo se suman las casillas 435 y 460 de la declaración del IRPF, menos el importe de la casilla 420.

 ¿Cuál es el plazo para resolver la solicitud?

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado una Resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.

¿Cómo se publicarán las resoluciones?

La notificación de los actos de tramitación y resoluciones se hará pública mediante la exposición de listas en:

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