El pasado 5 de marzo de 2021 la Agencia de la Vivienda de Cataluña publicó en el Boletín Oficial la Resolución TES / 585/2021 de febrero, por la que se abre la convocatoria para el año 2021 por la concesión de subvenciones para el pago del alquiler a personas mayores.
¿Cuál es el plazo para la solicitud?
El plazo se abre el 8 de marzo 2021 y finaliza el 30 de abril de 2021.
Quienes son los beneficiarios de estas ayudas?
Las personas de 65 años o más en riesgo de exclusión social y con un contrato de alquiler de vivienda habitual.
¿Qué requisitos deben cumplir los solicitantes?
¿Qué documentación hay que presentar junto con la solicitud?
¿Cuál es la cuantía de la subvención?
La cuantía mensual de la subvención se calcula por la diferencia entre el importe del alquiler que paga la persona arrendataria (alquiler pactado) y el importe que debería pagar (alquiler justo) de acuerdo con los baremos que establecen las bases reguladoras de la convocatoria. Se tendrá en cuenta para determinar la cuantía el recibo de alquiler correspondiente el mes anterior a la presentación de la solicitud. El importe mensual de la subvención será de un máximo de 200 € y de un mínimo de 20 € y se otorga por todo el año 2021.
¿Cuál es la dotación presupuestaria de la Generalitat para esta convocatoria?
El importe máximo de la dotación presupuestaria prevista es de 15.000.000 € (superior a la del año 2020 que lo fue de 2.000.000 €).
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