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Renta 2021: ¿Cómo debe tributar el arrendador?

El pasado 6 de abril comenzó la campaña de la declaración de la Renta 2021. Todos los ciudadanos españoles que cumplan con los requisitos marcados por Hacienda, es decir, que hayan ingresado más de 22.000 € brutos con un solo pagador o 14.000€ cuando existan dos o más pagadores, rendirán cuentas ante la Agencia Tributaria hasta el próximo 30 de junio.

En caso de ser propietario de uno o más bienes inmuebles destinados a alquiler, uno de los conceptos a declarar son las ganancias económicas derivadas del alquiler de estos bienes. Esta declaración debe llevarse a cabo en el apartado de “Rendimientos del capital inmobiliario”.

Cálculo de los rendimientos procedentes del arrendamiento

Gastos deducibles
Los gastos que pueden deducir son:

¿Cómo declarar si existen impagos de alquiler?
Si se da el caso en que el inquilino no realizara los pertinentes pagos de alquiler, el propietario tiene la obligación de declarar los ingresos, aunque éste no los haya recibido. Sin embargo, la ley permite deducir el importe no ingresado mediante el concepto “saldo de dudoso cobro”.

Esta deducción se puede llevar a cabo en caso de que se cumplan alguno de estos casos:

Arrendamiento destinado a vivienda habitual: reducción del 60%
Una de las grandes ventajas del alquiler de vivienda habitual es que cuenta con una bonificación del 60% del rendimiento económico neto de piso, es decir, que sólo tienes que pagar IRPF sobre el 40% del rendimiento neto de tu alquiler.

Esta reducción no será de aplicación al arrendamiento de inmuebles por temporadas, garajes, oficinas, locales…

Esta reducción del 60% sólo tendrá lugar en los supuestos de rendimiento neto positivo (antes también se aplicaba en caso de rendimiento neto negativo).

Por último, se mantiene que la reducción sólo sea aplicable a rendimientos declarados por el contribuyente, fórmula que pretende incentivar la declaración de estos rendimientos.

ACTUALIDAD

18/03/24

Qué hace falta saber sobre la regulación de los precios de alquiler en Cataluña

En aplicación de la “Ley de Vivienda”, desde este 16 de marzo de 2024, en Cataluña es aplicable la regulación de precios de alquiler, la cual afecta únicamente a los contratos de alquiler que se formalicen a partir de este día, de la entrada en vigor de esta nueva regulación. Por lo tanto, no afecta […]

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15/03/24

Respecto a la nueva regulación de los precios del alquiler

Empieza, de nuevo, una etapa en la que los precios de alquiler de las viviendas quedarán regulados y, por lo tanto, dejarán de ser los pactados entre propietarios e inquilinos, es decir, dejarán de tener el precio que se determinaba de acuerdo con las condiciones de la vivienda, la superficie, el estado de conservación, la […]

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14/03/24

El Impuesto de plusvalía con pérdidas es nulo y procede su devolución

El Tribunal Supremo ha reconocido, en la sentencia dictada el pasado 28 de febrero, el derecho de los contribuyentes a recuperar lo que se ha pagado por el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), más conocido como “plusvalía municipal”. Esta nulidad afecta también a las liquidaciones firmes, cuando […]

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06/03/24

¿Qué es la legítima? ¿Cómo y cuándo se paga en Catalunya?

La legítima es un derecho concedido por el Código Civil Catalán que, tras el fallecimiento de una persona, permite a los descendientes directos recibir una cuarta parte del patrimonio neto de esa persona. Eso significa que es la parte del patrimonio del testador que la ley establece como un derecho de crédito a determinadas personas […]

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