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Nuevos Índices de Referencia estatales de precios de alquiler

Nuevos índices de referencia estatales de precios de alquiler

El Secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, Sr. David Lucas, fue el encargado de presentar los índices de precios de referencia de alquiler que servirán para las zonas que se declaren como zonas residenciales de mercado tensionado. Este índice ya está operativo en la web del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU) y estará en información pública durante 10 días.

¿Qué es el Índice de Referencia de precios de alquiler?

Es un nuevo mecanismo de control de precios de arrendamiento de viviendas que ha publicado el MIVAU a nivel nacional, en cumplimiento de lo previsto en la Ley estatal 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la Vivienda. En general, el sistema ofrece unos valores de precios de alquiler de viviendas para la fijación de la renta de los nuevos contratos de arrendamiento de vivienda habitual. No afectará, por lo tanto, a aquellos contratos que no tengan esta condición, como los de temporada u otros usos diferentes a los de vivienda.

¿A quién afectan los Índices de Referencia?

Tal como expone la Ley estatal por el derecho a la Vivienda, si la vivienda a arrendar se encuentra en una zona de mercado residencial tensionado y el arrendador es un gran tenedor, el valor superior ofrecido por los índices constituirá el tope para determinar la nueva renta del contrato de arrendamiento.

También afectará a los nuevos contratos de arrendamiento de viviendas ubicadas en zonas tensionadas que no hayan sido arrendadas como vivienda en los últimos 5 años, sin importar la condición de gran tenedor o no del arrendador. Desde el Ministerio han aclarado que, en los supuestos de nuevos contratos en los que el arrendador sea un Gran Tenedor, se aplicará el precio menor entre:

¿Qué tipo de vivienda es objeto de la aplicación de los Índices de Referencia?

El sistema estatal de Referencia de Precios de Alquiler se refiere a Viviendas situadas en inmuebles de tipología residencial colectiva de más de 5 años de antigüedad, con una superficie construida no inferior a 30 m2 y no superior a 150 m2.

¿Se pueden aplicar ya los Índices de referencia a los nuevos contratos?

Aún no. Para su aplicación resulta necesario que se declaren las zonas de mercado residencial tensionado.

La publicación de estos Índices es el penúltimo paso para que las Comunidades Autónomas que así lo indiquen, declaren en sus territorios zonas de mercado residencial tensionado. Sin embargo, hasta este mes de febrero de 2024, solo ha sido la Generalitat de Catalunya la que ha iniciado el proceso para declarar como una sola área 140 municipios que incluyen el 80% de la población. Consulta aquí los dieciséis municipios de la provincia de Girona que están dentro de las zonas de mercado residencial tensionado.

¿Cuándo entrará en vigor el control de alquileres en Catalunya?

El pistoletazo de salida para empezar a aplicar obligatoriamente los índices en los contratos nuevos, vendrá cuando el MIVAU publique una Resolución en la que se recogerá la relación de zonas de mercado residencial tensionado propuestas por el Gobierno de la Generalitat de Catalunya. Se prevé que sea a partir del día 13 de marzo de 2024, según fuentes ministeriales. En esta Resolución se recogerá el período de vigencia, así como la definición de Gran Tenedor de Vivienda que se aplicará a las nuevas zonas tensionadas declaradas.

¿Qué es un Gran Tenedor a efectos de la Ley?

La Ley define como gran Tenedor de vivienda a toda persona física o jurídica que sea titular de más de 10 inmuebles urbanos de uso residencial, con exclusión de garajes y trasteros, o una superficie construida de más 1.500 m2.

Sin embargo, la Ley de la Vivienda determina que esta definición podrá ser particularizada, excepcionalmente y justificadamente, hasta aquellos titulares de 5 o más inmuebles urbanos de uso residencial si estos están ubicados en zonas de mercado residencial tensionado, como así lo quiere hacer el Gobierno de la Generalitat de Catalunya. Resulta necesario, por tanto, esperar al contenido de la Resolución del MIVAU para saber si en Catalunya, se definirán los Grandes Tenedores como aquellos titulares de 5 o más inmuebles o, por el contrario, se estará a la definición estatal.

 

Desde la Cámara de la Propiedad de Girona se informará puntualmente a los asociados de cualquier novedad. Además, estamos preparando una sesión informativa presencial y telemática, que anunciaremos en los próximos días.

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