El martes 22 de septiembre, entra en vigor la regulación de precios de alquiler aprobada por el Parlamento de Cataluña, sin perjuicio de que con posterioridad pueda ser declarada inconstitucional por el TC en cuanto entra en colisión con el artículo 17.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que determina la libertad de pacto entre las partes en la determinación de la renta.
Hacemos aquí una recopilación de los aspectos principales sin perjuicio de otras peculiaridades específicas que pueden consultar en nuestra asesoría jurídica.
A qué poblaciones afecta?
Para el primer año de vigencia, en las comarcas de Girona es de aplicación en Blanes, Figueres, Girona, Olot, Palafrugell, Salt y Sant Feliu de Guíxols. A partir del 1º año se aplicará a aquellas poblaciones que hayan tramitado el correspondiente expediente para la declaración de áreas con mercado de vivienda tenso, que deben instar a los ayuntamientos y ser aprobado por la Generalitat.
A qué viviendas afecta?
Como se determinará la Renta Inicial en los nuevos contratos de alquiler?
El precio máximo que se puede concertar es el menor de los precios entre:
Variaciones sobre el precio de referencia:
Régimen especial para propietarios con ingresos reducidos
Quedan excluidos de la determinación del precio máximo de alquiler según el índice de referencia, aquellos propietarios arrendadores que los ingresos de su unidad familiar no supere 2,5 veces el IRSC. Sin embargo les sigue siendo de aplicación la limitación en cuanto que el precio de un nuevo contrato no puede superar el precio establecido en el contrato anterior si estos tienen una antigüedad inferior a cinco años. No será de aplicación esta excepcionalidad si los ingresos del arrendatario no superan los 3,5 los IRSC.
Como se actualiza la renta inicial?
No hay ninguna variación al respecto, se aplica el artículo 18 de la LAU.
Que se puede repercutir a los arrendatarios?
No hay ninguna variación, por acuerdo de las partes, se pueden repercutir al arrendatario los gastos generales y servicios individuales según determina la LAU.
Obligaciones formales
Novaciones
Si se hacen novaciones de precio o de duración en los contratos vigentes a la entrada en vigor de esta norma, les es de aplicación la determinación de los precios máximos de esta nueva normativa.
Ponemos a su disposición nuestros servicios jurídicos para aclarar cualquier duda que les pueda ofrecer esta nueva regulación, podrán concertar cita previa a través de nuestra Web.
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