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Determinación del precio de alquiler de una vivienda según el nuevo índice de referencia de precios de alquiler

A continuación facilitamos información para determinar cuál es el actual precio de alquiler aplicable en una vivienda. En caso de que se prefiera que sean nuestros servicios jurídicos los que hagan el estudio completo de las circunstancias y la determinación del precio máximo aplicable en una vivienda hay que devolver cumplimentado el formulario adjunto enviándolo a la dirección de correo ppujolar@cambrapropietat.net. Este estudio individualizado tendrá un coste.

A qué poblaciones afecta?
Para el primer año de vigencia, en las comarcas de Girona es de aplicación en Blanes, Figueres, Girona, Olot, Palafrugell, Salt, y Sant Feliu de Guíxols.

A qué viviendas afecta?

¿Cuál es la superficie computable de la vivienda?
Para determinar la renta de la vivienda se calculará en base a la superficie útil de la vivienda. Si no conoce la superficie útil, se puede consultar en la información catastral del inmueble en la web de “Sede catastro“.

Como se determinará la Renta Inicial en los nuevos contratos de alquiler?
El precio máximo que se puede concertar es el menor de los precios entre:

¿Cómo puedo obtener el precio de referencia?
Para obtener el precio de referencia para el ámbito geográfico y las circunstancias que caracterizan su vivienda, hay que acceder a los datos publicados por la Generalitat en esta web:
http://agenciahabitatge.gencat.cat/indexdelloguer/

Variaciones sobre el precio de referencia:

Régimen especial para propietarios con ingresos reducidos
Quedan excluidos de la determinación del precio máximo de alquiler según el índice de referencia, aquellos propietarios arrendadores que los ingresos de su unidad familiar no supere 2,5 veces el IRSC. Sin embargo les sigue siendo de aplicación la limitación en cuanto que el precio de un nuevo contrato no puede superar el precio establecido en el contrato anterior si estos tiene una antigüedad inferior a cinco años. No será de aplicación esta excepcionalidad si los ingresos del arrendatario no superemn los 3,5 IRSC.

Que se puede repercutir a los arrendatarios?
No hay ninguna variación, por acuerdo de las partes, se pueden repercutir al arrendatario los gastos generales y servicios individuales según determina la LAU.

ACTUALIDAD

27/03/24

Coloquio: ¿Cómo afecta a los propietarios la nueva regulación de precios de los alquileres de viviendas?

La Cambra de la Propietat Urbana de Girona organiza una jornada presencial y telemática el 9 de abril a las 18:30 h. La presentación de la jornada estará a cargo de Miquel Costa, Gerente de la Cambra. Posteriormente, tendrá lugar la conferencia, que será realizada por Antoni Calle, Abogado de los Servicios Jurídicos de la […]

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18/03/24

Qué hace falta saber sobre la regulación de los precios de alquiler en Cataluña

En aplicación de la “Ley de Vivienda”, desde el 16 de marzo de 2024, en Cataluña es aplicable la regulación de precios de alquiler, la cual afecta únicamente a los contratos de alquiler que se formalicen a partir de este día, de la entrada en vigor de esta nueva regulación. Por lo tanto, no afecta […]

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15/03/24

Respecto a la nueva regulación de los precios del alquiler

Empieza, de nuevo, una etapa en la que los precios de alquiler de las viviendas quedarán regulados y, por lo tanto, dejarán de ser los pactados entre propietarios e inquilinos, es decir, dejarán de tener el precio que se determinaba de acuerdo con las condiciones de la vivienda, la superficie, el estado de conservación, la […]

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14/03/24

El Impuesto de plusvalía con pérdidas es nulo y procede su devolución

El Tribunal Supremo ha reconocido, en la sentencia dictada el pasado 28 de febrero, el derecho de los contribuyentes a recuperar lo que se ha pagado por el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), más conocido como “plusvalía municipal”. Esta nulidad afecta también a las liquidaciones firmes, cuando […]

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