
Este decreto, que agrupaba medidas de diferentes ámbitos, debía ser convalidado o derogado por el Congreso de los Diputados. En consecuencia, el Congreso ha decidido no convalidarlo.
La suspensión de los desahucios surgió en 2020, a raíz de la pandemia sanitaria. Se pactó como una medida transitoria y excepcional. No obstante, la medida se ha ido prorrogando año tras año de manera sistemática, a pesar de que ya no se da la situación imprevisible de la pandemia. Según diferentes medios de comunicación, se prevé que los tribunales reactiven los 60.000 desahucios que estaban suspendidos e impedían a los propietarios recuperar sus viviendas (Fuente: ElEconomista.es).
La normativa vigente anteriormente establecía la suspensión de estos procedimientos para arrendatarios o unidades familiares vulnerables que no tuvieran una alternativa habitacional, aplicándose hasta el 31 de diciembre de 2025. Asimismo, se prorrogaba el plazo para que los propietarios solicitaran una compensación económica hasta el 2 de febrero de 2026.
La situación actual tiene dos efectos inmediatos:
¿Se podrá volver a aprobar la suspensión de los desahucios?
El Real Decreto-ley derogado, también denominado “Decreto Ómnibus”, agrupaba en un solo texto múltiples medidas de diversos ámbitos: medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social, revalorización de las pensiones, actualización de los coeficientes del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía municipal), y materias procesales y civiles.
Por este motivo, los grupos parlamentarios que votaron en contra han exigido al Gobierno separar las normas legales en diferentes decretos. En consecuencia, técnicamente nada impide que se puedan volver a regular las distintas materias contenidas en el Real Decreto-ley derogado, siempre que se regulen en diferentes normas y se consiga la mayoría parlamentaria necesaria.
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