
Se podrá deducir el 20% de las obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas realizadas entre octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2026.
Además, la deducción también será aplicable a obras realizadas en periodos anteriores, siempre que hayan reducido la demanda de calefacción o refrigeración de su vivienda o de cualquier otra vivienda de su titularidad alquilada para uso residencial, ya sea en ese momento o con previsión de alquiler. En este último caso, la vivienda deberá estar alquilada antes del 31 de diciembre de 2027.
Un técnico deberá emitir el certificado de eficiencia energética y verificar que la reducción en la demanda de calefacción o refrigeración de la vivienda sea al menos del 7% respecto al certificado anterior. Como máximo, se podrán reducir 5.000 €/año.
Si se ha reducido en un 30% el consumo de energía primaria no renovable de la vivienda habitual o de una vivienda alquilada, acreditado mediante Certificado de Eficiencia Energética, se podrá deducir el 40% de las cantidades invertidas. El período aplicable es entre octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2026.
Como máximo, se podrá deducir 7.500 €/año.
Los propietarios de viviendas en edificios de uso residencial que hayan realizado obras de rehabilitación energética entre octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2027 podrán deducir el 60% de los gastos. No obstante, la deducción no se aplicará a las obras realizadas en las partes de la vivienda destinadas a actividades económicas.
La base máxima anual de la deducción es de 5.000 €. Las cantidades no deducidas por superar este límite se podrán aplicar en los cuatro ejercicios siguientes, siempre que la base acumulada no supere los 15.000 €.
La imputación de rentas inmobiliarias obliga a incluir en la base general del IRPF una renta atribuida a determinados inmuebles que no generan rendimientos de capital inmobiliario ni están afectos a actividades económicas.
Según la normativa, el porcentaje de imputación será del 1,1% para los períodos impositivos de 2023, 2024 y 2025, aplicable a los inmuebles situados en municipios cuyos valores catastrales hayan sido revisados, modificados o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva general, siempre que estas modificaciones hayan entrado en vigor a partir del 1 de enero de 2012.
Te invitamos a visitar esta muestra de veinte obras pintadas en acuarela con motivo de Temps de Flors. Como cada año, la Agrupació d’Amics de l’Aquarel·la de Girona presenta una nueva exposición en la sede de la Cambra de la Propietat Urbana, situada en la calle Ciutadans, 12. La muestra podrá visitarse del 9 al […]
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Índice de precios de consumo (IPC) e Índice de referencia de arrendamiento de vivienda (IRAV) del mes de marzo de 2026. Se debe tener en cuenta que: Si el contrato de alquiler se firmó antes del 26 de mayo de 2023, se debe aplicar el sistema de actualización que conste en el contrato (en muchos […]
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Estas limitaciones en el arrendamiento que se imponen a los propietarios provocan que estos opten por vender sus viviendas, con lo que la oferta de alquiler sigue disminuyendo. El BOE ha publicado el Real Decreto-ley del Gobierno español con las 80 medidas para afrontar el conflicto en Oriente Medio, entre las cuales se incluyen nuevas […]
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La Unión Europea se ha fijado el objetivo de que el parque de viviendas sea de cero emisiones en el año 2050. Para conseguirlo, se quiere reducir el CO₂ que genera el sector residencial e impulsar que los edificios de nueva construcción tengan un consumo de energía prácticamente nulo. Al mismo tiempo, también se quiere […]
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