CAT / ESP

Todo lo que hay que saber sobre la fianza en los contratos de alquiler

fiança habitatge

La fianza es el importe que el arrendatario entrega al arrendador como garantía de que cumplirá con las obligaciones pactadas en el contrato de alquiler, ya que, si no es así y la propiedad presenta desperfectos una vez finalizado el contrato, el propietario podrá retener total o parcialmente dicha cantidad.

La fianza es un elemento esencial en todos los contratos de alquiler, sea cual sea el destino de la propiedad (tanto si es una vivienda habitual como si se destina a otros usos), y debe depositarse en el Institut Català del Sòl (INCASÒL).

Durante los primeros cinco años de vigencia del contrato, o siete si el arrendador es persona jurídica, la fianza no se actualizará (a menos que se pacte lo contrario en el contrato de alquiler). No obstante, si el contrato se prorroga en el tiempo, la fianza sí deberá actualizarse según el índice de actualización de la renta aplicable o el aumento de renta acordado.

¿Cuál es el importe que debe tener la fianza?

El artículo 36.1 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que la fianza de un arrendamiento de vivienda habitual debe ser de una mensualidad y, para otros usos, de dos mensualidades:

¿Qué documentación es necesaria para realizar el depósito de la fianza?

Para formalizar el depósito en el INCASÒL se debe presentar:

En la Cambra, como entidad colaboradora del INCASÒL, se puede realizar este depósito sin ningún coste adicional ni trámites por parte del propietario.

¿Cómo se devuelve la fianza?

Una vez finalizado el contrato, el INCASÒL devolverá la fianza al arrendador en un plazo máximo de 21 días.

Otros conceptos de interés sobre la fianza: “Avalloguer” y el Impuesto de ITPAJD

El “Avalloguer” es un sistema de garantía gestionado por el INCASÒL que protege al propietario cuando el arrendatario no paga, cubriendo hasta dos mensualidades de la renta siempre que el contrato sea para uso de vivienda habitual y se haya iniciado un proceso judicial de desahucio.

Por otra parte, hay que tener en cuenta el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) aplicable a los alquileres. El Decreto Ley 7/2019, en su artículo 5, establece que los arrendamientos de viviendas destinadas a ser vivienda habitual están sujetos al ITPAJD, pero quedan exentos de su pago. Esto significa que se debe seguir presentando la autoliquidación del impuesto, pero no se tendrá que pagar.

 

¿Quieres saber más sobre cómo funciona la fianza?

Podemos gestionarte el trámite y depositar el importe de la fianza al INCASÒL a coste cero. Llámanos y solicita información sin compromiso.

Girona: 972 416 413

Figueres: 972 500 821

Olot: 972 268 350

Sant Feliu de Guíxols: 972 321 284

Palamós: 872 591 959

ACTUALIDAD

03/03/26

El Congreso vuelve a derogar la moratoria de desahucios: ¿qué implica para los propietarios?

El Congreso de los Diputados ha vuelto a derogar la norma que prorrogaba la suspensión de desahucios y lanzamientos judiciales en determinados supuestos de vulnerabilidad. ¿Qué ha ocurrido? Primer antecedente: el “Decret Òmnibus” de diciembre de 2025 El 23 de diciembre de 2025 el Gobierno aprobó un Real Decreto-ley con un paquete muy amplio de […]

...

26/02/26

Publicadas las bases del Bono Alquiler Joven 2026, la ayuda para jóvenes inquilinos en Catalunya: requisitos, cuantía y cómo solicitarla.

Este 25 de febrero de 2026 se ha publicado la Resolución TER/438/2026, de 19 de febrero, que aprueba las bases reguladoras del programa de subvenciones conocido como Bo Lloguer Jove. El objetivo de esta ayuda es facilitar que las personas jóvenes puedan acceder o mantener una vivienda o una habitación en alquiler, o en cesión […]

...

26/02/26

Consulta los valores de Enero de 2026 del IPC y el IRAV, valores necesarios a la hora deactualitzar la renta de los contratos de alquiler

Índice de precios de consumo (IPC) e Índex de referencia de arrendamiento de vivienda (IRAV) del mes de Enero de 2026.   Hace falta tener en cuenta que: Si el contrato de alquiler se firmó antes del 26 de mayo de 2023, se debe aplicar el sistema de actualización que conste en el contrato (en […]

...

06/02/26

Un nuevo decreto volver a aprobar la moratoria de los desahucios con una novedad significativa

Los propietarios de 2 o menos viviendas quedan excluidos de la moratoria. Cómo informamos recientemente, el Decreto de 23 de diciembre del 2025 que prorrogaba la moratoria de los desahucios, no contó con el apoyo parlamentario suficiente para su convalidación y quedó derogado. Pocos días más tarde, el 3 de febrero el Consejo de Ministros […]

...

 

 

Toda la actualidad

SERVICIOS

Ofrecemos un amplio abanico de servicios a los propietarios
Comunitats

Comunidades

Administración de comunidades de propietarios Pide CITA online
Comunitats

Alquileres

Administración de fincas, contratos de alquileres
Comunitats

Abogados

Especialistas en servicios inmobiliarios Pide CITA online Consulta gratuita
Comunitats

Ventas

Agencia inmobiliaria Pide CITA online
Comunitats

Contratos de alquiler

Formalización y redacción del contrato de alquiler personalizado Pide CITA online

Confíanos la venta de tu vivienda.

¡Somos tu garantía!

Tráenos tu vivienda* y te regalamos la Cédula de Habitabilidad y el Certificado Energético

* Por vivienda en exclusiva, a precio de mercado fijado por nuestros profesionales

Otras Cámaras de Cataluña

Formamos parte de

Girona Centre
Carrer Ciutadans, 12
Tel. 972 20 06 16
Girona Eixample
Carrer Emili Grahit, 37
Tel. 972 416 413
Figueres
Carrer Nou, 105
Tel. 972 500 821
Olot
Carrer Mulleras, 16
Tel. 972 268 350
Sant Feliu de Guíxols
Passeig dels Guíxols, 27
Tel. 972 321 284
Palamós
Av. Onze de Setembre, 12
Tel. 872 591 959


Tel.