
El pasado 2 de junio de 2025 se publicó en el DOGC una Resolución de la Agencia de la Vivienda de Catalunya (AHC) con una nueva convocatoria para solicitar subvenciones destinadas a la realización de obras de adecuación en el interior de viviendas en las que resida al menos una persona de 65 años o más.
Estas ayudas están dirigidas exclusivamente a viviendas situadas en el ámbito de los servicios territoriales de la Agencia de la Vivienda de Catalunya en Girona, Tarragona, Lleida y Terres de l’Ebre. La convocatoria no incluye la demarcación de Barcelona, dado que tanto la Diputación como el Ayuntamiento de Barcelona ya disponen de programas similares para este colectivo.
Serán subvencionables aquellas obras que tengan como finalidad:
No serán subvencionables las obras promovidas por personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica cuya actividad esté incluida en la sección Q (actividades sanitarias y de servicios sociales) del CNAE 2009.
La persona solicitante debe formar parte de una unidad de convivencia en la que haya al menos una persona de 65 años o más, la cual debe cumplir al menos una de estas condiciones:
El plazo de presentación de solicitudes es del 1 de julio a las 9 h hasta el 30 de septiembre de 2025 a las 14 h, ambos incluidos.
A efectos del cálculo de la subvención, se consideran gastos protegibles:
La solicitud de subvención es única por convocatoria. Se debe presentar mediante impreso normalizado, debidamente formalizado y firmado por la persona solicitante.
Se pedirá la autorización de la persona solicitante en favor de la AHC y de las Oficinas locales que actúan como entidades colaboradoras para realizar la inspección de la vivienda.
La persona solicitante y todos los miembros de la unidad de convivencia deben autorizar a la Agencia de la Vivienda de Catalunya (AHC) y a las oficinas locales para que puedan consultar telemáticamente datos en diversos organismos (Hacienda, INSS, padrón, catastro, registro de la propiedad, etc.). Los siguientes datos están relacionados con la tramitación y el seguimiento de la solicitud:
Esta se podrá presentar a la Agencia de la Vivienda de Catalunya y se podrá presentar de tres formas diferentes:
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