CAT / ESP

La devolución de la fianza del alquiler

La devolución de la fianza al inquilino es una de las cuestiones que generan mayores discrepancias en materia de arrendamientos. Una vez finalizado el contrato de alquiler, se procederá a la devolución de la fianza. El propietario o arrendador puede acudir a la Cámara y allí se hará el trámite con el Instituto Catalán del Suelo (Incasol) para la devolución mediante ingreso directamente del Incasol a la cuenta corriente del propietario, que es quien hizo el depósito.

Legalmente, el propietario tiene, desde que le han devuelto las llaves, un mes para restituir al inquilino el saldo de la fianza. Transcurrido este tiempo, el inquilino tendrá derecho a reclamar intereses moratorios.

El importe a devolver al inquilino será la diferencia entre la cantidad entregada en su día por el inquilino al propietario en concepto de fianza y el importe que quede determinado de obligaciones pendientes de atender por el inquilino. Ahora bien, la cuestión principal es saber si la fianza sirve para garantizar todas las obligaciones del inquilino o inquilino (incluyendo naturalmente las económicas) o si sólo sirve para garantizar los posibles daños y desperfectos causados ​​en la vivienda o local alquilado.

Los tribunales consideran que la fianza se presta para garantizar al arrendador, el cumplimiento de las obligaciones del inquilino, tanto las económicas como las del buen uso del inmueble arrendado.

Asimismo, el inquilino no debe dar por pagado ningún mes de renta u otras cantidades económicas bajo el pretexto de que el arrendador tiene un dinero que es suyo, ya que estaría decidiendo, unilateralmente y antes de terminar el contrato, la finalidad de ese dinero y dejaría, en la práctica, el contrato sin fianza.

¿Cuándo se debe devolver la fianza?
El arrendador estará obligado a devolver la fianza íntegramente al inquilino cuando, finalizado el contrato, éste haya cumplido con todas sus obligaciones.

¿Cuándo se puede retener la fianza?
Siempre que no se hayan extinguido las obligaciones del inquilino; es decir, cuando existan obligaciones imputables al inquilino. Así pues, se puede retener la fianza en los siguientes casos:

¿Qué desperfectos no son imputables al inquilino y por tanto no son deducibles de la fianza?

El problema en la práctica
El día a día nos demuestra que el problema surge cuando el inquilino cree que él no ha incumplido sus obligaciones y el arrendador, en cambio, no lo ve así y retiene la fianza para arreglar el daño. El arrendador, por ejemplo, considera que el inquilino ha incumplido su obligación de cuidar el inmueble al entregarlo en unas condiciones menos buenas que las que éste tenía al ser entregado al inquilino.

Si no existe un acuerdo entre las partes en cuanto a la responsabilidad y la cuantía económica de los daños, será el juez quien deberá decidir si se ha producido o no el incumplimiento del inquilino y si, por tanto, la retención de la fianza está justificada o ésta debe ser devuelta.

Por último, hay que tener presente que todo lo expuesto son reglas de carácter general, pero habrá que analizar caso por caso teniendo el contrato delante y distinguiendo entre tipos de arrendamiento (vivienda, local, nave, despacho, etc.).

Ante cualquier duda, puede consultar en la Cámara de la Propiedad Urbana de Girona.

ACTUALIDAD

23/03/26

El plan anticrisis del Consejo de Ministros aprueba una prórroga automática de los contratos de alquiler de dos años y una limitación de la actualización de las rentas al 2%

Estas limitaciones en el arrendamiento que se imponen a los propietarios provocan que estos opten por vender sus viviendas, con lo que la oferta de alquiler sigue disminuyendo. El BOE ha publicado el Real Decreto-ley del Gobierno español con las 80 medidas para afrontar el conflicto en Oriente Medio, entre las cuales se incluyen nuevas […]

...

23/03/26

Cero emisiones en 2050. El objetivo de la Unión Europea para las viviendas

La Unión Europea se ha fijado el objetivo de que el parque de viviendas sea de cero emisiones en el año 2050. Para conseguirlo, se quiere reducir el CO₂ que genera el sector residencial e impulsar que los edificios de nueva construcción tengan un consumo de energía prácticamente nulo. Al mismo tiempo, también se quiere […]

...

20/03/26

Los precios del alquiler en la Província de Girona mantienen una tendencia general al alza, mientras preocupa el descenso de la oferta de viviendas en alquiler.

En la ciudad de Girona, el precio medio del alquiler aumenta un 3,4%. En Figueres sube un 1,2% y en Olot un 1%. La zona de la costa es el único lugar donde el precio disminuye. Hemos publicado el informe del tercer trimestre de 2025 del mercado del alquiler, con datos que confirman el fracaso […]

...

13/03/26

Consulta los valores de Febrero de 2026 del IPC y el IRAV, valores necesarios a la hora de actualizar la renta de los contratos de alquiler

Índice de precios de consumo (IPC) e Índex de referencia de arrendamiento de vivienda (IRAV) del mes de Febero de 2026. Se debe tener en cuenta que: Si el contrato de alquiler se firmó antes del 26 de mayo de 2023, se debe aplicar el sistema de actualización que conste en el contrato (en muchos casos, […]

...

 

 

Toda la actualidad

SERVICIOS

Ofrecemos un amplio abanico de servicios a los propietarios
Comunitats

Comunidades

Administración de comunidades de propietarios Pide CITA online
Comunitats

Alquileres

Administración de fincas, contratos de alquileres
Comunitats

Abogados

Especialistas en servicios inmobiliarios Pide CITA online Consulta gratuita
Comunitats

Ventas

Agencia inmobiliaria Pide CITA online
Comunitats

Contratos de alquiler

Formalización y redacción del contrato de alquiler personalizado Pide CITA online

Confíanos la venta de tu vivienda.

¡Somos tu garantía!

Tráenos tu vivienda* y te regalamos la Cédula de Habitabilidad y el Certificado Energético

* Por vivienda en exclusiva, a precio de mercado fijado por nuestros profesionales

Otras Cámaras de Cataluña

Formamos parte de

Girona Centre
Carrer Ciutadans, 12
Tel. 972 20 06 16
Girona Eixample
Carrer Emili Grahit, 37
Tel. 972 416 413
Figueres
Carrer Nou, 105
Tel. 972 500 821
Olot
Carrer Mulleras, 16
Tel. 972 268 350
Sant Feliu de Guíxols
Passeig dels Guíxols, 27
Tel. 972 321 284
Palamós
Av. Onze de Setembre, 12
Tel. 872 591 959


Tel.