Desde el martes 28 de junio y hasta el 15 de julio, estará abierto el plazo para solicitar las subvenciones para el pago del alquiler o cesión de uso. Estas ayudas van dirigidas a facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda o habitación en régimen de alquiler o cesión de uso a sectores de población en riesgo de exclusión social.
Los requisitos exigen tener más de 36 años y estar empadronado en la vivienda, y que la unidad de convivencia tenga una fuente regular de ingresos para poder pagar el alquiler y que no sobrepasen los 22.548,67 € (2,831267 veces la indicador de renta de suficiencia (IRSC), salvo en los supuestos de víctimas de terrorismo.
La resolución DSO/1967/2022 de 21 de junio -ha sido publicada en el DOGC núm. 8696, de 27 de junio de 2022-, por la que se abre la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública competitiva, de las subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para el 2022 (ref. BDNS 635344)
Se trata de subvenciones para el pago del alquiler o cesión de uso de viviendas o habitaciones, en régimen de concurrencia competitiva, para facilitar el acceso y permanencia a sectores de población en riesgo de exclusión social. Se dirige a personas que sean titulares de un contrato de alquiler o cesión de uso que constituya su domicilio habitual y permanente en el territorio de Cataluña, que tengan una edad de 36 o más años y cumplan los requisitos de la convocatoria.
Importes máximos del alquiler mensual o precio de cesión
En el caso de la demarcación de Girona, el importe máximo de alquiler no puede ser superior a 650 euros. En los supuestos de habitación no podrá ser superior a 350 euros. Para familias numerosas, familias monoparentales y para unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad legalmente reconocida y baremo movilidad favorable, el importe máximo de alquiler mensual es de 900 euros en todo el territorio de Cataluña.
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El Gobierno ha aprobado un Decreto Ley que regula los alquileres de temporada y de habitaciones y que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC. Esta es la nota de prensa publicada por la Generalitat. En los próximos días ofreceremos nuestro resumen, una vez hayamos estudiado detenidamente el contenido del […]
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