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Renta 2021: ¿Cómo debe tributar el arrendador?

El pasado 6 de abril comenzó la campaña de la declaración de la Renta 2021. Todos los ciudadanos españoles que cumplan con los requisitos marcados por Hacienda, es decir, que hayan ingresado más de 22.000 € brutos con un solo pagador o 14.000€ cuando existan dos o más pagadores, rendirán cuentas ante la Agencia Tributaria hasta el próximo 30 de junio.

En caso de ser propietario de uno o más bienes inmuebles destinados a alquiler, uno de los conceptos a declarar son las ganancias económicas derivadas del alquiler de estos bienes. Esta declaración debe llevarse a cabo en el apartado de “Rendimientos del capital inmobiliario”.

Cálculo de los rendimientos procedentes del arrendamiento

Gastos deducibles
Los gastos que pueden deducir son:

¿Cómo declarar si existen impagos de alquiler?
Si se da el caso en que el inquilino no realizara los pertinentes pagos de alquiler, el propietario tiene la obligación de declarar los ingresos, aunque éste no los haya recibido. Sin embargo, la ley permite deducir el importe no ingresado mediante el concepto “saldo de dudoso cobro”.

Esta deducción se puede llevar a cabo en caso de que se cumplan alguno de estos casos:

Arrendamiento destinado a vivienda habitual: reducción del 60%
Una de las grandes ventajas del alquiler de vivienda habitual es que cuenta con una bonificación del 60% del rendimiento económico neto de piso, es decir, que sólo tienes que pagar IRPF sobre el 40% del rendimiento neto de tu alquiler.

Esta reducción no será de aplicación al arrendamiento de inmuebles por temporadas, garajes, oficinas, locales…

Esta reducción del 60% sólo tendrá lugar en los supuestos de rendimiento neto positivo (antes también se aplicaba en caso de rendimiento neto negativo).

Por último, se mantiene que la reducción sólo sea aplicable a rendimientos declarados por el contribuyente, fórmula que pretende incentivar la declaración de estos rendimientos.

ACTUALIDAD

06/02/26

Un nuevo decreto volver a aprobar la moratoria de los desahucios con una novedad significativa

Los propietarios de 2 o menos viviendas quedan excluidos de la moratoria. Cómo informamos recientemente, el Decreto de 23 de diciembre del 2025 que prorrogaba la moratoria de los desahucios, no contó con el apoyo parlamentario suficiente para su convalidación y quedó derogado. Pocos días más tarde, el 3 de febrero el Consejo de Ministros […]

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04/02/26

Declaración anual de alquileres turísticos

Si se comercializan alquileres turísticos de corta duración a través de plataformas digitales, desde el 2 de enero de 2026 es obligatorio comunicarlo al Registro de la Propiedad. Así lo establece la nueva disposición legal, concretamente la Orden VAU/1560/2025, de 22 de diciembre. ¿A quién afecta esta obligación? Esta obligación se aplica únicamente a los […]

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02/02/26

El Congreso de los Diputados no convalida la suspensión de los desahucios. ¿Y ahora qué?

El 24 de diciembre de 2025 se publicó un Real Decreto-ley por el que se prorrogaba la suspensión de desahucios y lanzamientos judiciales por impago del alquiler de personas vulnerables sin alternativa habitacional, entre otras medidas. Este decreto, que agrupaba medidas de diferentes ámbitos, debía ser convalidado o derogado por el Congreso de los Diputados. […]

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28/01/26

Alternativas fiscales en el IRPF de los arrendamientos de viviendas

Bonificaciones del 100 %, 90 %, 70 %, 60 % y 50 %. El tema vuelve a estar de actualidad a raíz del anuncio del presidente del Gobierno español sobre la posibilidad de ofrecer bonificaciones del 100 % a aquellos propietarios arrendadores que no incrementen el precio del alquiler en la renovación de los contratos. […]

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