Una vez más se han prorrogado las medidas del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo que en definitiva establecen la suspensión temporal de los procedimientos de desahucio y los lanzamientos para los hogares sin alternativa de vivienda.
Estas medidas tenían razón de ser en las fechas en que se publicó este Real Decreto-ley para proteger a las familias vulnerables a consecuencia de la crisis originada por la pandemia, ante la imposibilidad de los inquilinos de cumplir con su obligación de pago de la renta, lo que podía justificar la intromisión del Estado en un bien que forma parte de la propiedad privada del arrendador.
Pero lo cierto es que habiendo transcurrido casi dos años desde la aprobación de esta normativa, el Gobierno ha dictado el Real decreto ley 2/2022, de 22 de febrero, para prorrogar, una vez más, la suspensión de los desahucios y lanzamiento hasta el 30 de septiembre de 2022 en los casos de familias que se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica.
Desde el punto de vista de la Cámara, no parece correcto seguir trasladando la responsabilidad del Estado (que debería disponer de un parque de viviendas suficientes para dar solución residencial a las familias vulnerables) a los arrendadores de viviendas, que han de sufrir la suspensión de los desahucios y lanzamientos. Lo que sin duda no se va a conseguir con la prórroga de estas medidas es fomentar el alquiler. Todo lo contrario, porque debemos ser conscientes de que, si ante la falta de pago del alquiler o la ocupación de una vivienda sin ningún título, podemos encontrarnos con la suspensión de la posibilidad de poder recuperar la vivienda si así lo suele solicita al inquilino, retrasando la recuperación de la posesión por parte del arrendador, cada vez éste será más reticente a alquilar su vivienda.
A continuación exponemos las medidas que siguen vigentes hasta el 30 de septiembre de 2022.
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