El artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, expresamente determinan que “Cuando la norma afecte a los derechos e intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.”
En cumplimiento de lo anterior y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales, se plantea la “Audiencia e información pública” sobre el proyecto de Orden Ministerial de referencia con el objeto de recabar la opinión de los ciudadanos titulares de derechos e intereses legítimos afectados por esta norma.
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Si se comercializan alquileres turísticos de corta duración a través de plataformas digitales, desde el 2 de enero de 2026 es obligatorio comunicarlo al Registro de la Propiedad. Así lo establece la nueva disposición legal, concretamente la Orden VAU/1560/2025, de 22 de diciembre. ¿A quién afecta esta obligación? Esta obligación se aplica únicamente a los […]
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El 24 de diciembre de 2025 se publicó un Real Decreto-ley por el que se prorrogaba la suspensión de desahucios y lanzamientos judiciales por impago del alquiler de personas vulnerables sin alternativa habitacional, entre otras medidas. Este decreto, que agrupaba medidas de diferentes ámbitos, debía ser convalidado o derogado por el Congreso de los Diputados. […]
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Bonificaciones del 100 %, 90 %, 70 %, 60 % y 50 %. El tema vuelve a estar de actualidad a raíz del anuncio del presidente del Gobierno español sobre la posibilidad de ofrecer bonificaciones del 100 % a aquellos propietarios arrendadores que no incrementen el precio del alquiler en la renovación de los contratos. […]
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