El Gobierno anuncia que prorrogará tres meses las medidas adoptadas en relación a los contratos de alquiler de vivienda y desahucios para hacer frente a la situación generada por la Covidien-19
Pendiente de que salga publicada la norma en el BOE, el presidente del Gobierno anunció la prórroga durante un plazo de tres meses desde la fecha prevista de finalización del actual estado de alarma (9 de mayo de 2021), de las diversas medidas acordadas en relación al contratos de alquiler de viviendas y los desahucios a raíz de la situación generada por la pandemia de la Covidien-19.
Estas medidas que ahora se prorrogan por tres meses (por lo tanto, hasta el 9 de agosto de 2021), y de las que ya fuimos informando puntualmente en su momento, son fundamentalmente:
Como ya expusimos en la correspondiente newsletter esta medida se aplica:
Esta medida afecta tanto si el arrendador es grande tenedor como si no; y su aplicación práctica está produciendo, como hemos denunciado las Cámaras de la Propiedad, un verdadero perjuicio a los propietarios, pues está provocando una dilación de este tipo de procedimiento (más allá de la habitual lentitud de la justicia) sin que el propietario se vea resarcido en su perjuicio. Así pues encontramos inquilinos que instan a la suspensión, a pesar de no acreditar los requisitos, como una herramienta procesal para dilatar el procedimiento; en otros casos los servicios sociales no emiten los informes con la celeridad que requiere la ley, quedando los procedimiento interrumpido sin die en perjuicio del propietario.
En el caso de los procedimientos de desahucio contra ocupantes de una vivienda (no arrendatarios) también se podrá aplicar la suspensión del lanzamiento durante el estado de alarma, pero en este caso sólo se aplicará si el propietario es titular de más de dios viviendas, y la persona que ocupa la finca es dependiente (conforme a la normativa de la dependencia), víctima de violencia sobre la mujer o tiene a su cargo o conviviendo en la misma vivienda una persona dependiente o menor de edad, y acredita que se encuentra en alguna de las situaciones de vulnerabilidad económica previstas.
Empiezan a notarse los efectos de la entrada en vigor del Real Decreto 1312/2024, el cual obliga a disponer de un número de registro emitido por el Registro de la Propiedad para poder publicar en plataformas de alquiler de corta duración como Airbnb o Booking, quedando, por tanto, excluidos todos aquellos anuncios de viviendas que […]
...
Los precios de los alquileres en las comarcas gerundenses incrementaron durante el primer trimestre de 2025. Por otro lado, se llega a unos mínimos históricos de la oferta de viviendas en alquiler, agraviando así el problema de acceso a la vivienda. La Cambra de la Propietat Urbana de Gironaa ha publicado su informe trimestral del […]
...
Los Préstamos Emancipación de la Generalitat de Catalunya son una gran oportunidad para comprar tu primer piso en Catalunya. La Generalitat de Catalunya lanzará una nueva línea de préstamos para jóvenes que permitirá financiar hasta el 20% del precio de entrada de la primera vivienda, con un máximo de 50.000€, sin intereses y con un […]
...
Con el objetivo de facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda de alquiler o en cesión de uso (acuerdo por el cual una persona permite a otra utilizar una vivienda a cambio de una compensación económica), se ha establecido una convocatoria para solicitar ayudas destinadas a pagar el alquiler de una vivienda o […]
...