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Importe y condiciones de las ayudas de la Generalitat al pago del alquiler para familias económicamente afectadas por Covid19

Importe de la ayuda

 

Quién lo puede solicitar?

  1. El arrendatario de una vivienda habitual y permanente, que él o cualquier miembro de la unidad familiar haya quedado al PARO o afectado por un ERTE como consecuencia del Covidien-19.
  2. Los ingresos totales de los miembros de la unidad familiar del mes anterior a la solicitud no puede superar 1.613,52 €, este importe se incrementa en un 10% por cada hijo o por cada persona mayor de 65 años en la unidad familiar y un 15% por hijo en las familias monoparentales.

En los supuestos de familias con personas discapacitadas, dependientes o con incapacidad laboral, este importe máximo de los ingresos se sitúa me 2.151,36 €.

Que se debe cumplir?

  1. Que la suma del alquiler con los gastos y suministros básicos del hogar resulte superior al 35% de los ingresos de la unidad familiar.
  2. Que el solicitante tenga la residencia legal en Cataluña.
  3. Que disponga de contrato de alquiler de su domicilio habitual.
  4. Si hay más de un arrendatario y éste no forma parte de la unidad familiar, es necesario que todos los arrendatarios estén en situación de vulnerabilidad económica y social, de lo contrario la ayuda al solicitante será en proporción al porcentaje en que participe en el contrato de alquiler.
  5. Que los alquileres de Enero, Febrero y Marzo de 2020, estén pagados.
  6. Estar la corriente de obligaciones tributarias con el Estado, la Generalitat y la Seguridad Social.
  7. Que el alquiler mensual no supere los 900 € en el conjunto de todos sus conceptos.
  8. El arrendador no puede ser familiar ni socio del inquilino.
  9. No ser propietario o usufructuario de otra vivienda.
  10. No tener en el banco importes superiores 11.279,38 €.
  11. Estas condiciones están establecidas en la Resolución TES/1047/2020 de 12 de Mayo.

A este programa se destinarán 14,5 millones de euros. La ayuda forma parte de una línea específica del Estado para el pago del alquiler ante la emergencia de la Covid-19.

Son ayudas finalistas, la ayuda será directo y deberá destinarse o bien a pagar la cuota mensual del alquiler o bien cancelar los microcréditos que la familia haya pedido para el pago del alquiler.

La ayuda se puede solicitar preferentemente a través de medios electrónicos y consultar toda la información en la web de la Agencia de la Vivienda de Cataluña. Más información en su web.

También se ha puesto en funcionamiento un número de atención telefónica específico (900922841 de 9:00 a 14:00) para atender a las personas interesadas y asesorarlas para hacer el trámite telemáticamente.

Las ayudas se concederán por orden de entrada de las solicitudes hasta agotar el presupuesto.

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