CAT / ESP

Aumento importante del impuesto de sucesiones

El Gobierno de la Generalitat ha conseguido aprobar la Ley de Presupuestos para 2020 y la Ley de medidas fiscales que tradicionalmente acompaña a la ley presupuestaria (Leyes 4 y 5 de 2020, de 29 de abril). La Ley 5/2020 evidencia un punto de inflexión muy importante en la política fiscal de Cataluña porque no sólo introduce cambios en casi todos los tributos propios sino que, en el capítulo de los tributos cedidos, aumenta notablemente el coste fiscal de morirse.

Los cambios introducidos en el impuesto de sucesiones suponen un aumento considerable en la tributación en los casos de las herencias recibidas por descendientes (hijos, nietos, etc.) y por ascendientes, reduciendo las bonificaciones de la cuota tributaria.

Las modificaciones se centran fundamentalmente en los siguientes puntos:

  1. Se reintroducen los coeficientes multiplicadores sobre la cuota del impuesto, tanto en sucesiones como en donaciones, en función del patrimonio preexistente de contribuyente, (heredero o donatario) del grupo I y II según el siguiente cuadro:


    Recordemos:

    • Grupo I: adquisiciones por descendientes y adoptados menores de veinte años.
    • Grupo II: adquisiciones por descendientes y adoptados de veinte años o más, cónyuges, ascendientes y adoptantes.
    • Grupo III: adquisiciones por colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad.
    • Grupo IV: adquisiciones por colaterales de cuarto grado, grados más distantes y extraños.
  2. Se mantiene la bonificación del 99% sobre las herencias a favor del cónyuge
  3. Reducción de bonificación sobre la cuota: Hasta ahora se calculaba la cuota tributaria según unos tipos impositivos que se mantienen con la nueva Ley, y sobre la cuota, los contribuyentes del grupo de parentesco I y II, podían aplicar una bonificación mediante una tabla decreciente. Pues bien, esta tabla decreciente se reduce considerablemente para los contribuyentes del grupo II según el siguiente esquema:
    • Tabla decreciente (bonificación sobre cuota íntegra)
    • aplicable hasta el 31 de abril de 2020, para los contribuyentes del Grupo de Parentesco I y II (por las muertes anteriores a esta fecha)
    • a partir del 1 de mayo de 2020, únicamente se aplicará para los contribuyentes del Grupo de Parentesco I (por las muertes a partir de esta fecha)

    • Tabla decreciente (Bonificación sobre la cuota íntegra) aplicable a partir del 1 de mayo de 2020 por contribuyentes del Grupo de Parentesco II.

  1. Para defunciones hasta el 30 de abril 2020, los contribuyentes del Grupo I y II que opten por aplicar las bonificaciones sobre la base imponible en determinados activos (empresa familia, bienes del patrimonio cultural o natural, fincas rústicas con actividad forestal, explotaciones agrarias) , podían aplicar, además, la tabla de bonificaciones sobre la cuota íntegra en un 50%. A partir del 1 de mayo de 2020 esta posibilidad se suprime.
  2. Como consecuencia de estas modificaciones, se produce un aumento considerable del Impuesto en herencias por parte de descendientes y adoptados mayores de veinte años, y los ascendientes o adoptantes, doblándose, en muchos casos el impuesto a pagar. La Asociación Catalana de Especialistas en Derecho de Sucesiones rechaza el aumento del impuesto de sucesiones y avisa de que puede ser contraproducente en un momento de más defunciones, como el actual por el coronavirus. En un comunicado, subraya que no son pocas las familias que están sufriendo dificultades personales y económicas. Destaca también que la idea de que este tributo implica una redistribución de la riqueza es “sesgada”, porque las grandes fortunas ya utilizan sistemas de planificación inmunes al impuesto. “Los efectos de la medida recaerán, una vez más, sobre los patrimonios pequeños y medianos”, concluyó.

ACTUALIDAD

11/06/25

Hacienda limita la deducción del IRPF por alquilar viviendas en zonas tensionadas

Se ha limitado la reducción del 90% en el IRPF para los propietarios que alquilen viviendas situadas en zonas tensionadas. Esta rebaja fiscal solo se aplica si el nuevo contrato de alquiler establece un precio al menos un 5% inferior al del contrato anterior. Esto significa que, cada vez que se cambie de inquilino, incluso […]

...

10/06/25

La Cambra de la Propietat Urbana de Girona, reconocida como “Amic Honorari” por la Asociación “Amics del Museu d’Art de Girona”

El pasado sábado 7 de junio, la Cámara de la Propiedad Urbana de Girona recibió la distinción de “Amic Honorari” por parte de la Asociación “Amics del Museu d’Art de Girona”. L’acte de lliurament va tenir lloc en presència de l’alcalde de Girona, el Sr. Lluc Salellas Vilar; la directora del Museu d’Art de Girona, […]

...

05/06/25

Convocatoria para obtener subvenciones para obras de adecuación en el interior de viviendas destinadas a personas mayores

El pasado 2 de junio de 2025 se publicó en el DOGC una Resolución de la Agencia de la Vivienda de Catalunya (AHC) con una nueva convocatoria para solicitar subvenciones destinadas a la realización de obras de adecuación en el interior de viviendas en las que resida al menos una persona de 65 años o […]

...

28/05/25

Exposición “Gèlida” de Júlia Garcia Arboix

Te invitamos a visitar la exposición “Gèlida”, de Júlia Garcia Arboix, que podrá verse en la sede de la Cambra (Calle Ciutadans, 12, Girona), del 4 al 28 de junio de 2025, de lunes a viernes, de 16 a 19 h. La inauguración tendrá lugar el día 4 de junio a las 19 h. El […]

...

 

 

Toda la actualidad

SERVICIOS

Ofrecemos un amplio abanico de servicios a los propietarios
Comunitats

Comunidades

Administración de comunidades de propietarios Pide CITA online
Comunitats

Alquileres

Administración de fincas, contratos de alquileres
Comunitats

Abogados

Especialistas en servicios inmobiliarios Pide CITA online Consulta gratuita
Comunitats

Ventas

Agencia inmobiliaria Pide CITA online
Comunitats

Contratos de alquiler

Formalización y redacción del contrato de alquiler personalizado Pide CITA online

Confíanos la venta de tu vivienda.

¡Somos tu garantía!

Tráenos tu vivienda* y te regalamos la Cédula de Habitabilidad y el Certificado Energético

* Por vivienda en exclusiva, a precio de mercado fijado por nuestros profesionales

Otras Cámaras de Cataluña

Formamos parte de

Girona Centre
Carrer Ciutadans, 12
Tel. 972 20 06 16
Girona Eixample
Carrer Emili Grahit, 37
Tel. 972 416 413
Figueres
Carrer Nou, 105
Tel. 972 500 821
Olot
Carrer Mulleras, 16
Tel. 972 268 350
Sant Feliu de Guíxols
Passeig dels Guíxols, 27
Tel. 972 321 284
Palamós
Av. Onze de Setembre, 12
Tel. 872 591 959


Tel.