
El subarrendamiento de una vivienda se produce cuando un arrendatario decide alquilar una parte o la totalidad de una vivienda a otra persona, conocida como subarrendatario. Sin embargo, en estos casos, es el primer arrendatario quien continúa manteniendo su propio contrato de alquiler con el propietario. Esto significa que se mantienen las obligaciones y la duración del primer contrato, así como el importe de la renta mensual.
Esta práctica es bastante habitual, especialmente cuando el inquilino necesita compartir gastos y decide subarrendar una habitación. Si, por el contrario, se subarrienda la vivienda completa, es posible que se deba cambiar o no la titularidad del alquiler, pero este cambio dependerá de las condiciones del contrato original con el propietario. En ambos casos, se recomienda añadir un anexo al contrato de alquiler original, donde se detalle tanto la información del subarrendatario como sus responsabilidades como nuevo inquilino de la vivienda. El subarrendatario no se convierte en el arrendatario principal, sino que ocupa la vivienda bajo la autorización del propietario.
El subarrendamiento es legal siempre que el arrendador tenga constancia de este subarrendamiento y haya dado su consentimiento por escrito previamente. Así lo establece la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Es importante recordar que el artículo 8.2 de la LAU especifica que es necesario el consentimiento del arrendador para subarrendar de forma parcial la vivienda, y que el precio del subarrendamiento no puede incrementar la renta mensual fijada en el contrato original.
Además, el contrato de alquiler sigue vigente hasta que finaliza el contrato original.
En este caso, es ilegal y el propietario tiene derecho a rescindir el contrato de alquiler. Además, pueden surgir otras consecuencias legales, como el pago de multas, la responsabilidad por daños (si los hubiera), la pérdida del depósito o la fianza que se haya pagado como garantía, entre otras.
Si tienes cualquier duda relacionada con la gestión inmobiliaria, o con aspectos legales relacionados con el alquiler o el subarrendamiento, desde la Cambra de la Propietat de Girona te podemos ayudar. Contáctanos aquí.
El pasado 10 de junio se publicó la Resolución TER/1808/2026, de 4 de junio, por la que se abre una nueva convocatoria para solicitar subvenciones destinadas a la realización de obras de acondicionamiento en el interior de las viviendas en las que residan una o más personas de 65 años o más. Las solicitudes podrán […]
...
Índice de precios de consumo (IPC) e Índice de referencia de arrendamiento de vivienda (IRAV) del mes de mayo de 2026. Se debe tener en cuenta que: Si el contrato de alquiler se firmó antes del 26 de mayo de 2023, se debe aplicar el sistema de actualización que conste en el contrato (en muchos […]
...
Si tienes entre 18 y 40 años, ambos incluidos, puedes acceder a los Préstamos de Emancipación, un programa que ofrece hasta 50.000 € sin comisiones ni intereses para ayudarte a pagar la entrada de tu primera vivienda. Además, la vivienda que adquieras se convertirá en vivienda con protección oficial (VPO) de precio limitado de manera […]
...
Del 18 de junio a las 9:00 h al 2 de julio de 2026 a las 14:00 h se podrán presentar las solicitudes para acceder a estas subvenciones de forma telemática. La Agencia de Residuos de Cataluña ha publicado la Resolución TER/1547/2026, de 18 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de […]
...