CAT / ESP

La devolución de la fianza del alquiler

La devolución de la fianza al inquilino es una de las cuestiones que generan mayores discrepancias en materia de arrendamientos. Una vez finalizado el contrato de alquiler, se procederá a la devolución de la fianza. El propietario o arrendador puede acudir a la Cámara y allí se hará el trámite con el Instituto Catalán del Suelo (Incasol) para la devolución mediante ingreso directamente del Incasol a la cuenta corriente del propietario, que es quien hizo el depósito.

Legalmente, el propietario tiene, desde que le han devuelto las llaves, un mes para restituir al inquilino el saldo de la fianza. Transcurrido este tiempo, el inquilino tendrá derecho a reclamar intereses moratorios.

El importe a devolver al inquilino será la diferencia entre la cantidad entregada en su día por el inquilino al propietario en concepto de fianza y el importe que quede determinado de obligaciones pendientes de atender por el inquilino. Ahora bien, la cuestión principal es saber si la fianza sirve para garantizar todas las obligaciones del inquilino o inquilino (incluyendo naturalmente las económicas) o si sólo sirve para garantizar los posibles daños y desperfectos causados ​​en la vivienda o local alquilado.

Los tribunales consideran que la fianza se presta para garantizar al arrendador, el cumplimiento de las obligaciones del inquilino, tanto las económicas como las del buen uso del inmueble arrendado.

Asimismo, el inquilino no debe dar por pagado ningún mes de renta u otras cantidades económicas bajo el pretexto de que el arrendador tiene un dinero que es suyo, ya que estaría decidiendo, unilateralmente y antes de terminar el contrato, la finalidad de ese dinero y dejaría, en la práctica, el contrato sin fianza.

¿Cuándo se debe devolver la fianza?
El arrendador estará obligado a devolver la fianza íntegramente al inquilino cuando, finalizado el contrato, éste haya cumplido con todas sus obligaciones.

¿Cuándo se puede retener la fianza?
Siempre que no se hayan extinguido las obligaciones del inquilino; es decir, cuando existan obligaciones imputables al inquilino. Así pues, se puede retener la fianza en los siguientes casos:

¿Qué desperfectos no son imputables al inquilino y por tanto no son deducibles de la fianza?

El problema en la práctica
El día a día nos demuestra que el problema surge cuando el inquilino cree que él no ha incumplido sus obligaciones y el arrendador, en cambio, no lo ve así y retiene la fianza para arreglar el daño. El arrendador, por ejemplo, considera que el inquilino ha incumplido su obligación de cuidar el inmueble al entregarlo en unas condiciones menos buenas que las que éste tenía al ser entregado al inquilino.

Si no existe un acuerdo entre las partes en cuanto a la responsabilidad y la cuantía económica de los daños, será el juez quien deberá decidir si se ha producido o no el incumplimiento del inquilino y si, por tanto, la retención de la fianza está justificada o ésta debe ser devuelta.

Por último, hay que tener presente que todo lo expuesto son reglas de carácter general, pero habrá que analizar caso por caso teniendo el contrato delante y distinguiendo entre tipos de arrendamiento (vivienda, local, nave, despacho, etc.).

Ante cualquier duda, puede consultar en la Cámara de la Propiedad Urbana de Girona.

ACTUALIDAD

22/07/24

¿Es legal cortar los suministros a un arrendatario que no paga los recibos del alquiler?

Ante el incumplimiento de pago de los recibos de alquiler por parte de un arrendatario, es probable que algún arrendador haya considerado dar de baja los suministros como medida coercitiva para lograr el cobro de la deuda del inquilino. No obstante, conviene saber que no es legal cortar los suministros a un arrendatario. En el […]

...

12/07/24

El precio medio del alquiler en la ciudad de Girona supera por primera vez en la historia los 800 euros

En los últimos dos años, todas las localidades de la provincia de Girona analizadas han registrado su máximo histórico en el precio del alquiler. En la ciudad de Girona, el alquiler ha subido un 5,9%, en Figueres el precio del alquiler es un 9% más alto que hace un año y en Olot ha crecido […]

...

04/07/24

Publicada la declaración que regulará los precios del alquiler en 31 nuevos municipios de la provincia de Girona

Para que entre en vigor esta regulación, será necesario que el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana la publique en el BOE La Generalitat da un nuevo paso en la regulación de los precios del alquiler. Como ya comentamos en este artículo, se amplía en 31 el número de municipios afectados por la regulación de […]

...

02/07/24

El Ministerio de Consumo estudia introducir el IVA a los pisos turísticos para reducir la oferta ilegal

El Ministerio de Consumo está planteando una serie de medidas que buscan la eliminación de la publicidad de pisos turísticos ilegales en plataformas de Internet y la limitación de los alquileres y la aplicación del IVA en la actividad de pisos turísticos en España. Así lo ha manifestado recientemente Pablo Bustinduy, ministro de Derechos Sociales, […]

...

 

 

Toda la actualidad

SERVICIOS

Ofrecemos un amplio abanico de servicios a los propietarios
Comunitats

Comunidades

Administración de comunidades de propietarios Pide CITA online
Comunitats

Alquileres

Administración de fincas, contratos de alquileres
Comunitats

Abogados

Especialistas en servicios inmobiliarios Pide CITA online Consulta gratuita
Comunitats

Ventas

Agencia inmobiliaria Pide CITA online
Comunitats

Contratos de alquiler

Formalización y redacción del contrato de alquiler personalizado Pide CITA online

Confíanos la venta de tu vivienda.

¡Somos tu garantía!

Tráenos tu vivienda* y te regalamos la Cédula de Habitabilidad y el Certificado Energético

* Por vivienda en exclusiva, a precio de mercado fijado por nuestros profesionales

Otras Cámaras de Cataluña

Formamos parte de

Girona Centre
Carrer Ciutadans, 12
Tel. 972 20 06 16
Girona Eixample
Carrer Emili Grahit, 37
Tel. 972 416 413
Figueres
Carrer Nou, 105
Tel. 972 500 821
Olot
Carrer Mulleras, 16
Tel. 972 268 350
Sant Feliu de Guíxols
Passeig dels Guíxols, 27
Tel. 972 321 284
Palamós
Av. Onze de Setembre, 12
Tel. 872 591 959


Tel.

MENU