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Declarada inconstitucional parte de la Ley de contención de alquileres

El Tribunal Constitucional publicará, próximamente, la Sentencia que podría poner fin a la contención de alquileres, hasta ahora vigente en 60 municipios catalanes, al estimar el Recurso de Inconstitucionalidad presentado en su día contra 7 de sus 19 artículos y disposiciones adicionales.

Aunque todavía no se ha publicado la correspondiente nota de prensa ni se conoce el texto de la Sentencia, el Pleno del Tribunal Constitucional ha fallado unánimemente estimar el recurso y declarar inconstitucional parte de la Ley 11/2020, de 18 de septiembre, “de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y de modificación de la Ley 18/2007, de la Ley 24/2015 y de la Ley 4/2016, relativas a la protección del derecho a la vivienda”

Entre los artículos que fueron objeto de recurso figuran los arts. 6 y 7 que son los que regulaban la determinación del precio de alquiler obligando al arrendador a aplicar el más bajo de los siguientes:

Dicha normativa se ha venido aplicando desde el 22/9/2020 y continuará vigente hasta la publicación de la Sentencia en el BOE en los próximos días.

Dado que, todos los artículos recorridos hacen referencia a la limitación de precios de alquiler de vivienda, se hace más que previsible que, tan pronto se produzca la publicación, las partes puedan volver a pactar libremente la renta aplicable a su contrato de alquiler.

En cuanto al resto de efectos que pueda desplegar la Sentencia, respecto de las sanciones y otras medidas incluidas en la citada Ley, que han sido igualmente objeto de recurso, deberemos esperar a la oportuna publicación de la Sentencia para informar debidamente.

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